Buenos días. Con relación a un artículo que publicamos hace unas semanas sobre la prueba de Otoemisiones Acústicas y su realización a través del seguro médico privado, hoy vamos a hablar sobre la autorización para estas pruebas.
La prueba de otoemisiones acústicas consiste en el registro de las vibraciones acústicas emitidas por el oído interno mediante un micrófono-sonda situado en el conducto auditivo externo.
Esta prueba se le realiza a bebés recién nacidos y debe ser repetida en el plazo máximo de tres meses. El plazo máximo para repetir la prueba de otoemisiones acústicas puede variar dependiendo de la comunidad autónoma.
La prueba se realiza para detectar de manera temprana la hipoacusia o sordera en los recién nacidos.
Algunas aseguradoras de salud requieren de una autorización previa para la realización de la prueba de otoemisiones acústicas, ya que se trata de una prueba con carácter preventivo y no obligatorio.
Para conceder la autorización, muchas aseguradoras pueden pedirle a su asegurado una copia del historial médico del recién nacido para asegurarse de que no existe ningún tipo de preexistencia, ya que eso podría provocar el rechazo por parte de la compañía de cubrir la prueba.